La Federación de las Asociaciones de Comunidades Indígenas Guaraníes, tomo conocimiento de un plan de trabajo para la “modificación/sustitución” de la Ley 904/81, que se inició en la Comisión de Pueblos Indígenas, de la Cámara de Diputados y en proceso de implementación por el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI).
Sin embargo, el plan para la modificación/sustitución carece de legitimidad de origen por que la Federación comprobó que tanto en Diputados como en el INDI no existe petición alguna por parte de autoridades representativas indígenas. Por dicho motivo, la Federación Guaraní y otras organizaciones guaraníes de la Región Oriental, resolvieron presentar un reclamo formal a las instituciones directamente involucradas en el proceso.
El reclamo fue entregado -mediante nota el 12 de noviembre pasado- al Presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Cámara de Diputados, Miguel Tadeo Rojas Meza, al Presidente del Instituto Paraguayo del Indígena, Jorge Servín y también a la Coordinadora Residente de las Naciones Unidas, Cecilia Ugaz. En el documento, solicitan cuanto sigue:
1. Dejar sin efecto la iniciativa, que además de carecer de legitimidad de origen, viola los principios y derechos conquistados por los Pueblos Indígenas del Paraguay.
2. Que las autoridades se aboquen al fiel cumplimiento de los mandatos establecidos en el marco legal vigente (tierra, autonomía, producción, salud)
3. El documento firmado, fue entregado en fecha.
En la carta, los indígenas recordaron que situaciones parecidas acontecieron en el año 2005, cuando el Congreso, sanciono una ley que anulaba completamente los principios y derechos colectivos consagrados en el Estatuto de las Comunidades Indígenas pese a la expresa oposición de la Federación Guaraní, Organizaciones Indígenas del Chaco, y la CAPI, quienes señalaban que la forma y fondo del anteproyecto de ley era inconstitucional. Finalmente, el proyecto de ley fue vetado por el Poder Ejecutivo luego de que más de 2.000 indígenas arribó a Asunción para reclamar que la normativa no sea promulgada, pues la misma derogaba reivindicaciones conquistadas y transgredía la Constitución Nacional.
Las organizaciones indígenas de la Región Oriental, mencionaron además que similar situación ocurre con el Proyecto “De Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas Reconocidos por el Convenio 169 de la OIT”, el cual se encuentra en estudio en la Cámara de Diputados
“Dicha propuesta no debería siquiera ser tomada en cuenta pues deviene ilegal, ilegítima e inconstitucional por cuanto que, los afectados o sujetos de derechos, las comunidades y pueblos indígenas ni siquiera hemos sido informados por el proponente inicial y mucho menos participado en su elaboración, como corresponde” señala el documento, refiriéndose al proyecto de ley sobre el derecho a la consulta.
Si bien se tiene conocimiento de que el documento “plan trabajo” para la modificación /sustitución, estaba siendo gestado, ya desde fines del mes de setiembre, recién el 13 de noviembre, la Federación Guaraní recibe una nota de invitación para asistir a “una reunión informativa sobre la Ley 904/81”, el 21 de noviembre, junto con otras instituciones del estado que no son sujetos de derechos de la normativa indígena sino aplicadores o
“Exigimos el respeto a los Pueblos Indígenas del Paraguay, en consecuencia desestimar las iniciativas que incumplan los preceptos legales y violenten nuestros derechos y los destinos de los Pueblos Indígenas del Paraguay”.
Firmaron las cartas, las autoridades indígenas representativas de la Federación de Asociaciones de Comunidades Guaraníes de la Región Oriental del Paraguay, y los dirigentes representativos de sus asociados , Asociación de Comunidades Paî Tavyterâ Paî “Retâ Joaju”, Asociación de Comunidades Ava Guaraní “No’ovusu”, Asociación de Comunidades Ava Guaraní “Tupâ Yvoty”, Asociación de Comunidades Mbya Guaraní “Ñogueroî Pavê’i”, Asociación de Comunidades Mbya Guaraní “No’ o Ñendua”, Asociación de Comunidades Mbya Guaraní “Mba’e pu Porâ”, Asociación de Comunidades Mbya Guaraní “Opy Porâ Mbaraeterâ”, Asociación de Líderes del departamento de Canindejú, LINAJE “Liga Nativa por la Autonomía Justicia y Ética. cumplidores de las mismas. La nota estaba firmada por los presidentes del INDI y de la Comisión de Pueblos Indígenas de Diputados.
La misiva refleja acabadamente el cumplimiento de las etapas previstas en el plan de trabajo de la Comisión de Pueblos Indígenas-INDI. Da cuenta del exiguo tiempo, aplica el irregular concepto de “representación” que es meramente nominal y limita la cantidad de asistentes indígenas a 50 personas, mientras que en el país existen más 600 comunidades, 120.000 indígenas pertenecientes a 5 familias lingüísticas y a 17 pueblos indígenas, con cultura, identidad, idioma y valores propios, organizados con distintos niveles y particularidades de representatividad comunal y organizacional.
Por todo lo expresado más arriba, las organizaciones indígenas señalan que no existe las mínimas garantías ni buena fe para que se lleve a cabo justos procedimientos en el marco legal vigente en materia de derechos de los Pueblos Indígenas, y menos en respeto a sus derechos ya conquistados, sus propias iniciativas, su autonomía, sus tiempos y valores.
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