Inicio / Noticias / Urge frenar deforestación irregular y protección para los Ayoreo Totobiegosode

Urge frenar deforestación irregular y protección para los Ayoreo Totobiegosode

COMUNICADO DE LA REDESPI A LA OPINIÓN PÚBLICA 

La Red de Entidades  Privadas al Servicio de los Pueblos Indígenas en el Paraguay manifiesta su preocupación respecto de la situación de amenaza que pesa sobre los Ayoreo Totobiegosode debido a la deforestación de su patrimonio. Urge protección para esta población indígena, especialmente para el grupo que se mantiene en estado de aislamiento, desplazándose en los últimos remanentes de bosques de su territorio en el Alto Paraguay, Chaco, rechazando el contacto, en procura de su autonomía y en defensa de su vida misma.

Recientemente los Ayoreo Totobiegosode a través de sus representantes, han denunciado ante instituciones del Estado, adjuntando  foto satelital,  que Yaguareté Pora S.A. sigue deforestando el inmueble,  inscripto a favor de ésta firma, Finca  Nº 13.122, Padrón Nº 758, actualmente individualizado con Matrícula Nº 54RR03 del Distrito de Puerto Casado.

La fotografía satelital  muestra el avance de la deforestación en los meses de abril a junio de 2014, todo ello a pesar de que tanto la Secretaría del Ambiente (SEAM) como el Instituto Forestal Nacional (INFONA) fueron notificados por oficios judiciales, que la Licencia Ambiental renovada a Yaguareté Pora (Resolución Nº 2983 del 30 de octubre de 2013 de la SEAM) se halla suspendida y que por tanto debe cesar todo trabajo que implique innovar, deforestar el inmueble. Este inmueble forma parte del territorio de posesión tradicional y actual de los  Ayoreo Totobiegosode.

 

El Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, ha comunicado por Oficio Nº 148 de fecha 10 de marzo de 2014 a la SEAM y por Oficios Nº 378 de fecha 15 de abril de 2014 y Nº 655 de fecha 30 de mayo de 2014 al INFONA, que la promoción de la demanda contenciosa administrativa “COMUNIDAD INDÍGENA TOTOBIEGOSODE DE LA ETNIA AYOREO ALTO PY. C/ RES. Nº 2983 DE FECHA 30/10/13, DICTADA POR LA SEAM”, tiene efecto suspensivo sobre la resolución impugnada (la resolución que renueva licencia ambiental), por aplicación del Art. 12 del Decreto Nº 453/2013 del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

 

Igualmente el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, en el mismo Oficio, Nº 655 de fecha 30 de mayo de 2014 comunica al INFONA que la propiedad afectada por el juicio contencioso administrativo es el inmueble “Finca 13.122, Padrón Nº 758, actualmente individualizado con Matrícula Nº 54RR03 del Distrito de Puerto Casado, inscripta a favor de la firma Yaguareté Pora S.A.”.-

 

Los Ayoreo Totobiegosode solicitaron reiteradamente al INFONA y a la SEAM, se comunique a la firma Yaguareté Pora S.A. que por mandato judicial, debe cesar todo trabajo que implique innovar, deforestar dicho inmueble, el que forma parte de la zona núcleo de su territorio en trámite, en el que habitan indígenas de la misma etnia que permanecen en situación de aislamiento y cuyas vidas corren serio riesgo por la acelerada deforestación. Se ha solicitado asimismo intervención del Instituto Paraguayo del Indígena (INDI) y del Ministerio Público, a fin de cautelar los derechos de esta población.

Los instrumentos jurídicos vigentes en el Paraguay garantizan derechos indígenas.  Entre ellos, el Convenio Nº 169, instrumento internacional amplio y actualizado sobre las condiciones de vida y de trabajo de los pueblos indígenas y tribales, dedica su Parte 2 a la protección de los derechos de los indígenas sobre la tierra. Resalta la importancia especial que la tierra tiene para la cultura indígena y para la vida espiritual de los pueblos indígenas y también el aspecto colectivo de esa relación. Contiene disposiciones sobre sus derechos de propiedad y posesión de las tierras que ocupan tradicionalmente. Incluye su derecho a usar la tierra a la cual han tenido acceso tradicionalmente, con particular atención a los pueblos nómadas y los que practican la agricultura migratoria. También ampara, como sabido,  los derechos de los pueblos indígenas sobre los recursos naturales, disponiéndose igualmente el derecho a la consulta para intervenciones que los afecten. El Paraguay es uno de los Estados que ha ratificado el Convenio Nº 169, y está obligado a cumplirlo, en el caso de los Totobiegosode debe protegerlos y restituirles sus tierras.

La Red de Entidades Privadas al Servicio de los Pueblos Indígenas exige al Estado paraguayo se respete el Derecho Humano de Los Pueblos Indígenas sobre sus Tierras Ancestrales, se ejecute política pública efectiva que signifique la restitución a corto plazo de las tierras de los Ayoreo Totobiegosode y se exija a las Instituciones responsables, que  actúen conforme a sus facultades y obligaciones, para hacer cesar en forma inmediata el desmonte en el territorio indígena.

Asunción, 30 de julio  de 2014

 

Enrique Gaska – Coordinación Nacional de Pastoral Indígena (CONAPI)

Teresa Vargas – Tekoha con los Pueblos Indígenas

Gloria Borgognon – Asociación Indigenista del Paraguay (AIP)

Ricardo Morínigo – Tierraviva

 

 © GAT/OPIT. Se identifica nueva deforestación ilegal de la firma Yaguarete Porá SA..

© GAT/OPIT. Se identifica nueva deforestación ilegal de la firma Yaguarete Porá SA..

Coordinación de Turno de la REDESPI

RED DE ENTIDADES PRIVADAS AL SERVICIO

DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN EL PARAGUAY

 

Acerca Ade Comunicaciones

Podría interesarte...

Comparten informe final sobre monitoreo de ODS en Paraguay

Profesionales de redes y ONG’s asociadas a POJOAJU, Asociación de ONG’s del Paraguay, mantuvieron una ...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *