Durante años las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) luchan para conseguir una legislación en sus respectivos países que reconozca su contribución a la construcción democrática de la sociedad y que posibilite el acceso a recursos públicos para realizar actividades de interés público.
En Brasil, esta lucha duró cerca de 20 años, y tuvo una importante victoria con la aprobación del Congreso Nacional a la Ley 13.019 en julio de 2014: esta ley “establece el régimen jurídico de las asociaciones voluntarias (…) entre la administración pública y la organizaciones de la sociedad civil, en régimen de mutua cooperación para la consecución de fines de interés público; define directrices para la política de fomento y de colaboración con las organizaciones de la sociedad civil (…) “.
Después de muchas negociaciones tanto con autoridades gubernamentales, como con parlamentarios, el proceso avanzó más rápido a partir de 2010: este año, en vista de las elecciones presidenciales, se constituyó una articulación llamada “Plataforma de las OSC por un nuevo marco regulatorio”(www.plataformaosc.org.br). Las redes y entidades que la formaban redactaron una carta que exige el compromiso de los candidatos para la creación de esta ley. Sólo los dos candidatos que pasaron a la segunda vuelta de las elecciones firmaron la carta: José Serra y Dilma Rousseff. Desde la victoria electoral de Dilma, la Plataforma comenzó a buscar miembros del gobierno para que llevaran al frente la promesa. La Secretaría General de la Presidencia de la República asumió la tarea de promover la negociación con las OSC y los sectores gubernamentales involucrados directamente con la pregunta: Ministerio de Hacienda, Servicio de Impuestos Internos, la Contraloría General de la Unión, Ministerio de Salud, de Educación, Servicios Sociales, Corte de Cuentas de la Unión.
Al final del primer año de gobierno, se formó un grupo de trabajo mixto, con miembros del Gobierno y representantes de las OSC. Hubo un hecho político importante que impulsó la iniciativa: escándalos de corrupción con ONG de fachada, lo que derivó incluso en la caída de ministros. Este grupo trabajó varios meses y redactó un proyecto de ley contemplando las distintas demandas de las OSC y las exigencias de los sectores gubernamentales: El proyecto se completó en julio de 2012.
Después de un año, como el gobierno se demoró en tomar las medidas necesarias, la Plataforma de Organizaciones de la Sociedad Civil tomó contacto con los parlamentarios que tenían proyectos sobre el tema. Cabe recordar que estos proyectos fueron desarrollados originalmente a partir de los resultados de tres comisiones de investigación parlamentarias que ocurrieron entre 2001 y 2010 para examinar el papel de las ONG, supuestamente consideradas fuente fácil de corrupción. A finales de 2013, después de varias sesiones de negociación para mejorar el texto, el proyecto fue finalizado. Los primeros meses de 2014 se hicieron los arreglos necesarios: solo faltaba, entonces, la votación en el Congreso.
Se sabía que la realización de la Copa Mundial de Fútbol (junio-julio de 2014) y las elecciones de octubre (para presidente, gobernador, diputados y senadores) crearían dificultades para la discusión de la ley. En varios estados, las OSC organizaron audiencias públicas con los parlamentarios para discutir el tema, como una forma de presión. En mayo, la Secretaría General de la Presidencia celebró un gran evento a nivel nacional llamado “Arena de Participación Social”. La Presidenta estuvo presente, escuchó las reivindicaciones de las organizaciones y firmó decretos reforzando la importancia de la participación de las OSC. Por otra parte, expresó públicamente su apoyo para que fuera votada en el Congreso la legislación sobre el marco regulatorio de las OSC.
Finalmente, el 2 de julio se aprobó el proyecto en el Congreso y el 31 de julio la Presidenta firmó la nueva ley, que entrará en vigor un año después, en julio de 2015.
La nueva ley establece las principales demandas de la esfera de las organizaciones de la sociedad civil, aunque también contiene algunos elementos más específicos para el control de estas organizaciones. Los logros más importantes fueron: la creación de un instrumento específico para la transferencia de fondos públicos las OSC, distinto de los acuerdos – que es un tipo de contrato de relación exclusiva entre el gobierno federal y los entes federados, como los estados y municipios. Ahora, hay dos instrumentos de cooperación o desarrollo: colaboración, donde la iniciativa de la asociación parte de la administración pública; el fomento, cuando la iniciativa proviene de las OSC.
La ley 13.019 autoriza la contratación de personal propio de las OSC que participan en las actividades previstas en el plan de trabajo, dentro de los estándares del mercado, incluyendo todas las obligaciones laborales. Este es una de las principales conquistas alcanzadas con la nueva ley. Hasta entonces, las organizaciones que eventualmente recibían recursos públicos para alguna actividad no podían remunerar su propio personal: necesitaban contratar personas específicamente para realizar las actividades previstas en el proyecto.
La nueva legislación crea un mecanismo innovador al permitir proyectos realizados en red por varias OSC asociadas. La ley también exige que las OSC que reciben fondos tengan un mínimo de tres años de experiencia en el área, una demanda hecha por las entidades de la plataforma.
La ley propone la adopción de sistemas de control computarizados que sean apropiados para las OSC y las características de los proyectos desarrollados. Y autoriza la creación de un Consejo Nacional para el Desarrollo y la Cooperación, de composición paritaria entre representantes gubernamentales y de organizaciones de la sociedad civil, con el fin de difundir las buenas prácticas y de proponer políticas y acciones orientadas al fortalecimiento de las relaciones de apoyo y colaboración previstas en esta ley (1).
* Ivo Lesbaupin es sociólogo, coordinador de la ONG Iser Assessoria (Río de Janeiro) y miembro de la dirección nacional de ABONG (Associação Brasileira de ONGs).
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[1] El texto de la ley 13.019 de 31/07/2014 – marco regulatorio de las organizaciones de la sociedad civil – se encuentra en: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2011-2014/2014/Lei/L13019.htm . Se encuentran artículos sobre esta ley y su proceso de construcción en el sitio de Abong: http://www.abong.org.br/lutas_e_acoes.php?id=49 . También en el sitio – impulsado por Abong – del “Observatorio da Sociedade Civil”: https://observatoriosc.wordpress.com/category/marco-regulatorio-das-oscs . Un análisis crítico de la ley 13.019 hecho en 27/08/2014 por la “Plataforma das OSCs por um novo marco regulatorio”, con propuestas de reglamentación, se encuentra en: https://observatoriosc.files.wordpress.com/2014/09/proposta_regulamentac3a7c3a3o_lei13019_plataformamrosc_final.pdf . Vale a pena ver la síntesis hecha por Paula Storto.