Alter Vida- Centro de Estudios y formación para el Ecodesarrollo solicita la intervención inmediata del Presidente de la República- Dr. Federico Franco, ante el hecho grave de violación de derechos indígenas de la Comunidad Cuyabia del pueblo Ayoreo, asentada en el Distrito de Mariscal Estigarribia, Departamento de Boquerón.
La aldea “Cuyabia” es parte del territorio tradicional Ayoreo. Cuyabia es el nombre de una región conocida por el grupo local Ayoreo Atetadiegosode. Actualmente se encuentran viviendo 19 familias asentadas desde el año 2010, con respaldo del Instituto Nacional del Indigena- INDI y de la Gobernación de Boquerón.
En la región “Cuyabia” viven Ayoreos en Aislamiento – Sin Contacto, lo que exige que el Estado Paraguayo aplique los estándares jurídicos en materia de protección establecidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, es decir tiene “Deber de Protección Especial” respecto de estos pueblos aislados- sin contacto, la normativa jurídica aplicable la constituye la Constitución Nacional en su Capitulo V, el Convenio 169 de la OIT, ratificado por ley de la República 234/93, la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas Ley 904/81 “Estatuto de las Comunidades Indígenas”, y las Directrices de Protección para los pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial de la Región Amazónica, el Gran Chaco y la Región Oriental del Paraguay, así como la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya jurisdicción el Paraguay ha reconocido.
HECHOS
El hecho grave al cual hacemos referencia es por la abierta violación cometida por el Presidente del Instituto Paraguayo del Indígena – INDI, Lic. Rubén Quesnel, a las disposiciones de la Ley 904/81 “Estatuto de las Comunidades Indígenas” y arrogándose competencias que no le corresponden, al realizar la venta de Tierras Indígenas por Res. INDI Nº 1501/12 donde se encuentra asentada la Comunidad Cuyabia, propiedad del INDI, la Finca en cuestión es la Nº 10.245 con padrón Nº 307 con 25.000ha. Situada en el Distrito de Mariscal José Félix Estigarribia del Departamento de Boquerón – Chaco, a favor de la Sra. Julia Beatriz Vargas Meza con C.I. 1.865.770 de nacionalidad paraguaya.
Este hecho es resultado de una sistemática violación de los derechos humanos fundamentales del pueblo Ayoreo, consagrados constitucionalmente y reconocidos en cuerdos y convenios internacionales ratificados por la República del Paraguay, en materia de derechos indígenas.
En este contexto Alter Vida solicita al Presidente de la República, Dr. Federico Franco cuanto sigue:
1- Ordene la inmediata Nulidad de la Transferencia de Inmueble, Nº 73, División: Comercial, Sección: A, de fecha 2 de noviembre de 2012 por la cual el Presidente del Instituto Paraguayo del Indígena – INDI, Lic. Rubén Quesnel formalizó la transferencia por Resolución Nº 1501/12 en abierta violación a las disposiciones mencionadas más arriba.
2- Exija que se adopten las medidas necesarias e inmediatas que garanticen la protección efectiva de la integridad personal de todos los miembros que conforman la Comunidad Cuyabia, mujeres, niños ancianos y adultos ante probables órdenes de desalojo. Responsabilizando directamente a las autoridades nacionales de cualquier menoscabo a la integridad física y personal de los habitantes de Cuyabia.
3- Garantice la “protección especial” de los Ayoreos en Aislamiento – Sin Contacto, conforme a las Directrices de Protección para los pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial de la Región Amazónica, el Gran Chaco y la Región Oriental del Paraguay de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
4- Disponga la apertura del correspondiente sumario administrativo, y suspensión en el ejercicio del cargo del Presidente del Instituto Paraguayo del Indígena – INDI, Lic. Rubén Quesnel, hasta tanto se deslinden las responsabilidades administrativas, civiles y penales ante este grave hecho.
Para mayor información contactar con el Ing. Víctor Benitez al (0982) 716.000 o con la Abogada Emilia Cano al (0981). 194.960