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Creación y arranque de empresas de base tecnológica

El  Consejo  Nacional  de  Ciencia  y  Tecnología  (CONACYT) convoca  a  los interesados  en presentar propuestas de “CREACIÓN Y ARRANQUE DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA” conforme  a  lo  establecido  en  las  siguientes  bases y condiciones. Este Instrumento se desarrolla en el marco del Programa de Innovación en Empresas Paraguayas (PROINNOVA), cuyo objetivo general es contribuir a la mejora de la productividad de la economía paraguaya. El objetivo de este instrumento es apoyar la creación y el arranque de empresas innovadoras de base tecnológica, a través de propuestas en las que el desarrollo y/o aplicación de conocimiento científico y tecnológico sea un factor determinante del producto a ofrecer.  

Objetivo: Apoyar la creación y el arranque de empresas innovadoras de base tecnológica, a través de propuestas en las que el desarrollo y/o aplicación de conocimiento científico y tecnológico sea un factor determinante del producto a ofrecer.

Beneficiarios: Se financiarán proyectos cuya finalidad sea la creación, puesta en marcha y despegue de una nueva  Empresa de Base Tecnológica-EBT  o con (menos de 18 (dieciocho) meses desde su primera facturación.

Tipo de propuestas elegibles: Las  propuestas deben plantear el desarrollo de un producto (bien o servicio tecnológico), o proceso con incorporación de tecnología, sustentados en conocimientos derivados de la investigación, el desarrollo tecnológico o la innovación. Por tanto, deben haber superado la etapa de idea/concepto, contar tanto con una validación técnica como del modelo de negocio.

Todas las postulaciones deben contar con el patrocinio de una Incubadora de Empresa registrada en el CONACYT

Monto a ser otorgado: El Programa PROINNOVA podrá financiar hasta el 80% del monto total de la propuesta, hasta un máximo de Gs. 145.000.000 Gs. La empresa beneficiaria deberá aportar el 20% del costo total, como contrapartida. El 100% de la contrapartida deberá ser incremental, es decir, en recursos financieros utilizados para inversiones o gastos luego de la fecha de suscripción del contrato, excepto los gastos asociados a la constitución legal de la EBT.

La Incubadora patrocinante recibirá, de manera adicional, Gs. 14.500.000 por cada EBT patrocinada, para brindar servicios de seguimiento, de tal forma a permitir alcanzar los resultados previstos. Este monto es independiente del subsidio que se otorgue al emprendimiento.

Duración: La duración máxima de las propuestas es de 12 meses

Más información en la página de CONACYT.

Acerca Comunicación Pojoaju

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