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Comunicado de la Red de Entidades Privadas al Servicio de los Pueblos indígenas sobre el caso de la Finca Nº 470

Ante los hechos ocurridos en el Departamento de Canindeyú, y públicamente denunciados a través de los medios masivos de comunicación, que afecta a un gran territorio indígena compartido por  los Pueblos Ache y Ava Guaraní más conocido como la Finca 470 del Distrito de Curuguaty, por la gravedad de los acontecimientos,  la Red de Entidades Privadas al Servicio de los Pueblos indígenas (REDESPI), reconociéndose como aliada de reivindicaciones indígenas y siendo testigo de la lucha de los pueblos indígenas en Paraguay en la exigibilidad del derecho a la tierra, manifiesta y exige cuanto sigue:

1. Su profunda preocupación ante la nueva ocupación de las tierras reivindicadas por las comunidades indígenas por personas extrañas a las comunidades, campesinos identificados como adherentes a la Liga Nacional de Carperos y otros grupos que son vecinos de las comunidades Ache y Ava Guaraní, quienes han llegado sin ningún tipo de consideración invadiendo un territorio ancestral y legalmente ocupado por dichos Pueblos Indígenas.

2. Expresa su solidaridad y apoyo para con las comunidades indígenas involucradas que hace tanto tiempo se encuentran luchando por una solución justa y legal de las tierras en cuestión; anima a ambos Pueblos a mantenerse unidos a los efectos de defender dicho territorio por la memoria de sus ancestros y el porvenir de las generaciones futuras.

3.  Señala y exige, nuevamente, a las autoridades nacionales responsables de la Reforma Agraria Integral su obligación de canalizar soluciones de acuerdo al marco legal vigente y del irrestricto respeto a los derechos de los Pueblos Indígenas, considerándose llamativa la inacción de las autoridades jurisdiccionales, fiscales y policiales que no dan una solución de fondo al problema de la invasión, a pesar de que no existen dudas acerca del dominio y la posesión de las tierras en conflicto.

4. Denuncia la responsabilidad del Gobierno del resultado que pudiera registrase ante las intervenciones realizadas sin la debida precaución y participación de los directamente involucrados conforme  a derecho y  a lo establecido en la normativa  vigente tales como  el Capitulo V de la Constitución del Paraguay, el Convenio 169 de la OIT y  otros instrumentos legales.

5.  Exhorta al pueblo paraguayo y a los pueblos indígenas a permanecer atentos y vigilantes ante las consecuencias de las acciones violatorias de los derechos de las comunidades involucradas y a solidarizarse con las mismas en la justa causa que reclaman de forma a que vean concretado su derecho a la propiedad colectiva de sus tierras.

       TIERRA VIVA / TEKOHA / AIP / CONAPI

Red de Entidades Privadas al Servicio de los Pueblos Indígenas en el Paraguay – REDESPI

Foto: achedjawu.org

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