El Servicio Paz y Justicia- Paraguay (Serpaj-Py), el Movimiento Objeción de Conciencia – Paraguay (MOC-Py) y la Central Nacional de Trabajadores (CNT), convocan a conferencia de prensa el día jueves 23 de agosto a las 10 horas en el local de la CNT, sito en Piribebuy 1078 casi Hernandarias.
Reproducimos el comunicado de las tres instituciones sobre el tema:
Usando ley de la dictadura, pretenden reinstalar el Servicio Militar Obligatorio
Ante denuncias recibidas de parte de trabajadores, acerca de que las Fuerzas Militares están exigiendo a las empresas lista de empleados (entre 17 y 50 años) donde se aclare quiénes cuentan con el carné militar (baja) o, en su defecto, el de Objeción de Conciencia y a quienes no cuenten con esos documentos multarán con 3 salarios mínimos, el Servicio Paz y Justicia- Paraguay (Serpaj-Py), el Movimiento Objeción de Conciencia – Paraguay (MOC-Py) y la Central Nacional de Trabajadores (CNT), manifiestan cuanto sigue:
Las Fuerzas Militares están apelando a una ley del período dictatorial stronista – ley 569/75 – para hacer estas exigencias desfasadas.
Creemos que con esta acción las Fuerzas Militares pretenden reinstalar el arcaico y obsoleto Servicio Militar Obligatorio que no condice con lo que debiera ser un régimen democrático.
Consideramos que este nuevo hecho genera zozobra y temor condicionando puestos de trabajo a la presentación de uno u otro documento o, en su defecto, el pago de una multa millonaria.
Con esta acción se está asestando un duro golpe a jóvenes trabajadores, muchos de ellos sostén familiar, así como también a aquellos que pretenden acceder al primer empleo.
Creemos que para acceder o mantenerse en un puesto de trabajo los requisitos fundamentales deben ser la capacidad e idoneidad de cada persona.
Recordamos que las Fuerzas Armadas deben avocarse a lo establecido en la Constitución Nacional en su art.173 “… su misión es la de custodiar la integridad territorial y defender a las autoridades legítimamente constituidas…” y que su intervención no tiene jurisdicción alguna para inmiscuirse en empresas privadas o regular sobre la población civil.
Reiteramos que la OC es un derecho humano fundamental establecido en el artículo 37 de la Constitución Nacional, así como también en el párrafo quinto del artículo 129 de la Carta Magna. Que este derecho está actualmente cercenado por la ley 4013/10 “que reglamenta el ejercicio del derecho a la Objeción de Conciencia al servicio militar obligatorio (SMO) y establece el servicio sustitutivo al mismo en beneficio de la población civil” ante la cual se presentaron acciones de inconstitucionalidad.
Informamos que para acceder al documento de OC el joven debe dirigirse a la Dirección de Objeción de Conciencia en Alberdi 1236 c/ Ygatimi, llenar un formulario, adjuntar fotocopia de cedula Identidad. El trámite es totalmente gratuito y se debe expedir sin importar la edad del solicitante, teniendo en cuenta que la OC es un derecho humano fundamental por tanto no prescribe en el tiempo.
Lilian Alfonso
Serpaj – Py
Carlos Vera
MOC – Py
Juan Torales
CNT
Para contactos o cualquier denuncia referente a esta situación, llamar al 0971 336934 o a los teléfonos:
Serpaj-Py: 481333 /481340, MOC: 0961 926945 y la CNT 0981 194112.
Foto: Serpaj – Py. Campaña por la No obligatoriedad del servicio militar y civil